El riesgo que más afecta al ajo es la lluvia persistente (está incluido en riesgos excepcionales) y quedan excluidos:
– Las pérdidas ocasionadas por retrasos vegetativos que se puedan producir en el cultivo.
– Y los daños producidos por lluvias persistentes en parcelas con drenaje insuficiente y en parcelas ubicadas en zonas húmedas naturales (pantanosas o encharcadizas) delimitadas de acuerdo con la legislación específica.
A la hora de contratar nos surge la pregunta de qué módulo elegir. En este tipo de seguros hay que tener en cuenta el cálculo de la indemnización que se haga por parcela o por explotación y en este sentido ya nos hace decantarnos por el módulo 2 ya que contempla ambos riesgos.
Según el cuadro que se detalla a continuación la contratación del ajo en el Plan 2019 cosecha 2020, el cual se contrataba junto a otros cultivos en la línea 307 hortalizas al aire libre de ciclo otoño invierno, supone que el 91% del total nacional se contrató entre Castilla La Mancha y Andalucía siendo el módulo 2 el más contratado.
AJO COSECHA 2020 |
||
COMUNIDAD AUTÓNOMA
|
SUPERFICIE ASEGURADA (Has) | PRODUCCIÓN (T) |
Castilla-La Mancha | 19.704 | 239.849 |
Andalucía | 3.084 | 42.415 |
Castilla-León | 1.234 | 16.010 |
Madrid | 547 | 6.420 |
Extremadura | 464 | 6.111 |
C.Valenciana | 39 | 497 |
Baleares | 17 | 133 |
Aragón | 0 | 5 |
Total | 25.090 | 311.440 |
En los últimos años se ha dejado de cultivar el ajo blanco en favor del ajo spring. En la cosecha 2020, el 58,9% de la contratación es de ajo spring, cuando en la cosecha 2003 era de aproximadamente un 10%.
Los daños cubiertos para cada riesgo es cantidad y calidad, pero el riesgo de la helada (capital asegurado del 80%) solo está cubierto en Badajoz, Baleares, Cádiz, Tarragona y Teruel.
Daño en calidad: Es la depreciación del producto asegurado, a consecuencia de los riesgos cubiertos, ocasionada por la incidencia directa del agente causante del daño sobre dicho producto u otros órganos de la planta.
Daño en cantidad: Es la pérdida, en peso, sufrida en la producción real esperada a consecuencia de los riesgos cubiertos, ocasionada por la incidencia directa del agente causante del daño sobre dicha producción u otros órganos de la planta.
Por tanto, no se considerará daño en cantidad o en calidad la pérdida económica que pudiera derivarse para el asegurado como consecuencia de la falta de rentabilidad en la recolección o posterior comercialización del producto asegurado.
¿Cómo consigo más información y un presupuesto?
Para cualquier consulta, ampliar esta información o solicitar un presupuesto no dudes en contactar con el área de seguros ACOR:
Correo electrónico: seguros@acor.es
teléfonos: 660 661 232
Atención presencial: cada martes en las oficinas de la Planta de Aceites de Olmedo. (N-601 Km. 152)
Descargas