¿Qué novedades presenta este seguro?
- Se subvencionan los recargos.
- Se incrementa en 10 puntos la subvención de joven agricultor.
¿Qué explotaciones son asegurables?
Explotaciones cuyo titular del seguro tenga a su nombre el contrato de compraventa de remolacha con la industria azucarera correspondiente a la campaña agrícola en curso.
¿Qué riesgos se pueden cubrir?
- No nascencia
- Pedrisco
- Viento huracanado
- Riesgos excepcionales (incendios, fauna, helada, lluvia torrencial, lluvia persistente, virosis, pedrisco y resto de adversidades climáticas)
¿Plazos de suscripción?
- Con cobertura de no nascencia (módulo 1, 2 y P): Hasta el 10 de abril.
- Sin cobertura de no nascencia (modulo P): Hasta el 31 de mayo.
¿Qué opciones existen?
MÓDULO 1: Todos los riesgos por explotación.
RIESGO CUBIERTO | CÁLCULO INDEMNIZACIÓN | MÍNIMO INDEMNIZACIÓN | FRANQUICIA |
Pedrisco, no nascencia, riesgos excepcionales, restos adversidades climáticas | Explotación (comarca) | 30% | 20% |
MÓDULO 2: Unos riesgos por explotación y otros por parcela.
RIESGO CUBIERTO | CÁLCULO INDEMNIZACIÓN | MÍNIMO INDEMNIZACIÓN | FRANQUICIA |
Pedrisco | Parcela | 5% | 5% |
No nascencia | Parcela | Superficie afectada >10% | Sin franquicia |
Riesgos excepcionales | Parcela | 20% | 20% |
Resto adversidades climáticas | Explotación (comarca) | 20% | 20% |
MÓDULO P: Riesgos nominados por parcela.
RIESGO CUBIERTO | CÁLCULO INDEMNIZACIÓN | MÍNIMO INDEMNIZACIÓN | FRANQUICIA |
Pedrisco | Parcela | 5% | 5% |
No nascencia (opcional) | Parcela | Superficie afectada >10% | Sin franquicia |
Riesgos excepcionales | Parcela | 20% | 20% |
¿Cómo se calcula la indemnización?
Puede ser por parcela o por explotación. En el primer caso, según los daños causados en una parcela concreta. En cambio, si es por explotación, se refiere a los daños ocurrido en el conjunto de parcelas de la explotación del titular del seguro situadas dentro de una misma comarca agraria.
Esto es relevante para aquellos que siembran más de una parcela pues podría darse el caso de que una parcela tuviese daños y otra no y, si el cálculo es por explotación, la indemnización en ese caso sería inferior.
¿Qué es el mínimo de indemnización?
El daño sufrido por el cultivo tiene que alcanzar al menos un porcentaje del valor total declarado. Así, por ejemplo, en el módulo 1 que establece un 30% mínimo de indemnización significa que para que se considere el siniestro, el daño tiene que ser al menos el 30% del valor declarado (calculado en función de la producción esperada).
¿Qué es la franquicia?
Una vez valorados los daños, antes de fijar la indemnización se le aplica una franquicia que el seguro no abona. En el ejemplo del módulo 1, como la franquicia es del 20%, de la indemnización acordada, hasta el 20% no se cubre.
¿Qué módulo contratar?
El módulo 1 es exclusivamente por explotación y la franquicia que se aplica es de un 30% en todos los riesgos. Si cae, por ejemplo, un pedrisco, la experiencia nos dice que tiene que haber una siniestralidad elevada para poder superar el mínimo de indemnización y, además, después hay que aplicar una franquicia del 20%.
Aunque el módulo 1 sea siempre más económico, la probabilidad de cobrar la indemnización de un siniestro es más difícil porque casi se tiene que declarar zona catastrófica.
Con el módulo 2, se puede dar parte de no nascencia al superar el 10% de la superficie afectada y el mínimo de indemnización es a partir del 5%. Para el resto de riesgos excepcionales, el mínimo se sube al 20% con una franquicia también del 20%.
En el módulo P, a diferencia del 2, podemos elegir o no cubrir la nascencia. Además, todos los riesgos excepcionales (incluidas las adversidades climáticas) se calculan por parcela.
¿Cómo consigo más información y un presupuesto?
Para cualquier consulta, ampliar esta información o solicitar un presupuesto no dudes en contactar con el área de seguros ACOR:
Correo electrónico: seguros@acor.es
teléfonos: 660 661 232
Atención presencial: A partir del 13 de abril, cada martes en las oficinas de la Planta de Aceites de Olmedo. (N-601 Km. 152)